De la Redacción de Contrapoder –
Tras los reclamos realizados por todas las cámaras de turismo de la nación, por las pérdidas millonarias que cada ciudad turística sufrió durante los últimos dos años en el mes de septiembre el Congreso de la Nación sancionó una ley que revirtió el absurdo decreto de Macri que había eliminado los feriados puente al inicio mismo de su gobierno. Ayer, mediante el decreto 923/2017, se definió cuáles serán los días no laborables de los próximos dos años.
El decreto regulador fue publicado ayer en el Boletín Oficial y habla de “días no laborables” en lugar de “feriados”. Esta diferencia técnica esconde algunas restricciones. Los empleadores podrán decidir si otorgan o no esos días a los empleados sin tener que abonar un plus salarial en el caso de que no lo otorguen. La obligatoriedad sólo rige para la actividad pública.
Así quedará el calendario:
Serán tres los feriados puente establecidos para 2018; los mismos afectarán a los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre de 2018, que son tres lunes que anteceden al feriado por el Día del Trabajador, Navidad y Año Nuevo, respectivamente.
En tanto, para 2019 serán no laborables los días 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre, también lunes pero en este caso que anteceden los feriados por el Día de la Independencia, Paso a la Inmortalidad del General San Martín y Día del Respeto por la Diversidad Cultural, respectivamente.
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