POLÍTICA

El Frente de Todos responde al pedido de juicio político a Alberto por la reunión en Olivos

El Frente de Todos responde al pedido de juicio político a Alberto por la reunión en Olivos
De la Redacción de Contrapoder –

A través de las redes sociales el Vicepresidente de la Comisión de juicio político el Diputado Nacional, Nicolás Rodríguez Saá, cuestionó el pedido de juicio político que formularan un grupo de legisladores de Juntos por el Cambio en contra del Presidente de la Nación, Alberto Fernández. “Es notorio y contundente la falta de encuadre legal de la solicitud del Diputado Negri, malinterpreta el artículo 53 de la Constitución Nacional para aparecer en los medios”, aseguró Rodríguez Saá.

La respuesta está relacionada con un pedido de juicio político contra Alberto Fernández realizado por diputados de la oposición por las fotografías que muestran al Presidente junto a Fabiola Yañez y un grupo de amigos en la Quinta de Olivos durante la cuarentena estricta del año pasado, durante la celebración del cumpleaños de la Primera Dama. El proyecto de resolución, en el cual se acusa al jefe de Estado de “mal desempeño y eventual comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en el ejercicio de sus funciones”, lleva las firmas de los diputados Jorge Enríquez, Waldo Wolff, Luis Petri, Gabriela Lena, Gonzalo del Cerro, David Schelerth, Pablo Torello, Fernando Iglesias, Francisco Sanchez, Adriana Caceres, José Luis Patiño y Héctor Stefani.

“El artículo 53 de la Constitución Nacional otorga a esta Cámara la facultad de acusar ante el Senado al Presidente de la Nación por mal desempeño o por la comisión de un delito en el ejercicio de sus funciones”, señala el proyecto presentado por los diputados opositores. “Es en ejercicio de esta facultad que vengo a proponer a este cuerpo el inicio del proceso institucional de juicio político contra el Presidente de la Nación Argentina, doctor Alberto Ángel Fernández, por las causales de mal desempeño en la gestión de la pandemia que ahora se suma a la comisión de un delito común, pero de extrema sensibilidad para todos los argentinos, de violación de las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la propagación de una epidemia según lo establecido en el artículo 205 del Código Penal”, agrega.

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