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Corte Suprema de Justicia: Los casos sensibles que posterga el máximo tribunal

Corte Suprema de Justicia: Los casos sensibles que posterga el máximo tribunal

Por Franco Mizrahi – 

La inusual celeridad con la que la Corte Suprema de Justicia abordó el caso de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzi y Germán Castelli expuso la doble vara con la que el Tribunal Supremo toma o deja los expedientes que le llegan. Es que hay una gran cantidad de causas delicadas que aún están pendientes de resolución por parte del Alto Tribunal, que no tiene plazos para resolver. A continuación, El Destape hace un breve racconto de casos paradigmáticos que los ministros cortesanos aún no trataron, donde están en juego libertades, haberes de jubilados y la resolución de crímenes que ocurrieron hace más de 40 años.

A la luz de los hechos, al habilitar el per saltum pedido por los tres magistrados que no quieren dejar el lugar en el que los puso Mauricio Macri de forma ilegal, la Corte decidió de forma arbitraria que los reclamos de la corporación judicial tienen prioridad sobre otros expedientes. Algo que no parecía ser así quince días atrás cuando los supremos respondieron “téngase presente” al reclamo de los magistrados que fueron trasladados de forma ilegal por Macri.

Casos emblemáticos

*La libertad de Milagro

Los ministros supremos Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco hace un año y medio que tienen la libertad de Milagro Sala en sus manos pero no abordan el caso.

El miércoles pasado se conoció que el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy revocó la decisión de la Casación local y sobreseyó a Milagro en la causa “Luca” Arias. Pero la dirigente social no saldrá en libertad porque está condenada en la causa “pibes villeros” a 13 años de prisión. Ese expediente está en queja en la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde el 18 de marzo de 2020.

Según se desprende de la presentación que hicieron los abogados defensores de Milagro, “se pretende que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haga lugar a la queja y, por los fundamentos vertidos en el Recurso Extraordinario Federal oportunamente presentado, revoque la resolución impugnada, y la deje sin ningún efecto, ordenándose la libertad de nuestra defendida, de acuerdo a lo previsto en el art. 16 de la ley 48”.

A diferencia de la premura con que abordó el caso de Bruglia, Bertuzzi y Castelli, la Corte aún no se expidió sobre el tema. Ya pasó un año y medio.

*Abordó la excarcelación de Timerman tras su muerte…

Donde sí se expidieron los ministros supremos fue en el pedido de excarcelación del excanciller Héctor Timerman: pero lo abordaron con un año de demora cuando el exfuncionario nacional ya había fallecido producto de una enfermedad terminal que la propia Justicia le obstaculizó tratar como lo venía haciendo cuando le dictó la prisión preventiva en el caso del Memorándum con Irán, una de las tantas causas que se utilizaron para perseguir opositores durante el macrismo. Por ejemplo, no lo dejaron viajar a los Estados Unidos para continuar con su tratamiento en tiempo y forma. Le demoraron tanto su partida al exterior para continuar con su lucha contra la enfermedad que padecía que cuando lo habilitaron ya fue tarde.

El 12 de noviembre de 2019, la abogada de Timerman, Graciana Peñafort, tuiteó: “Estaba en ese juicio, pensando que absurdo todo, cuando me llegó una notificación a mi mesa de entradas digital. Era de la Corte Suprema. Rechazaban, a casi 1 año de la muerte de Héctor Timerman, el recurso contra su procesamiento en la causa Memorandum, presentado hace 2 años”. En el mismo mensaje, la letrada adjuntó la resolución suprema donde se leía: “La muerte del recurrente Héctor Marcos Timerman, que surge del certificado cuya copia obra a fs. 54, torna inoficioso el pronunciamiento de esta Corte”. La obviedad evidenciaba, a su vez, la demora en el tratamiento del caso.

 

En un pasaje de su hilo de tuits, Peñafort afirmó en aquel momento algo que con la reciente premura con que se abordó el caso de los jueces puestos a dedo por Macri en cargos estratégicos desnuda la arbitrariedad de los supremos para definir qué tratar y qué no. O cuándo hacerlo. “Son re valientes con los que ya no pueden defenderse. Porque se murieron esperando que ustedes hicieran aquello para lo que están designados. Impartir justicia. Hablar. Dictar sentencias. Lo que no hicieron”, escribió aquel 12 de noviembre de 2019.

 

*Los jubilados, ignorados

Tras la decisión de habilitar el per saltum a favor de los jueces puestos por Macri mediante un decreto, Miguel Fernández Pastor, abogado Especialista en Seguridad Social y ex director del Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social (CIESS) cuestionó a los supremos vía Twitter y dejó en evidencia cómo el máximo tribunal perjudicó a los jubilados. “Si hace 2 años Rosenkrantz usaba el art. 71 del RJN para proteger a los más vulnerables, en vez de hacerlo para favorecer a la corporación judicial, 18 millones de beneficiarios de la seguridad social no hubiesen perdido el 20% de sus haberes con la reforma previsional macrista”, aseguró.

 

Fernández Pastor llegó con un recurso extraordinario al Tribunal Superior en pos de frenar la reforma jubilatoria de Mauricio Macri. Reclama por la vía de un amparo que tendría efectos colectivos. Porque si se declara inconstitucional la ley de movilidad macrista cualquiera que se vea afectado se puede presentar a reclamar para que le reconozcan su derecho.

En diálogo con El Destape, Facundo Fernández Pastor, hijo de Miguel y también abogado especializado en Derecho de Seguridad Social y apoderado en la causa, explicó que la referencia al art.71 fue por la convocatoria a la reunión extraordinaria de los supremos. Porque lejos de eso, “lo que hizo la Corte en su momento fue mandar el expediente a la Procuración para que dictaminara y ‘durmió’ ahí un año. Por eso presenté un pronto despacho”.

Además, vale recordar que en la Corte también descansa un amparo colectivo para extender el caso Badaro que presentó el entonces Defensor del Pueblo, Eduardo Mondino. Ese expediente llegó hace más de 10 años al Tribunal Superior. En Badaro, la Corte ordenó aumentar en un 88,6% la jubilación por el período de enero 2002 a diciembre 2006 porque había quedado desactualizada.

“La Corte saca solamente fallos que tengan que ver con los jubilados ricos. Así sacó ganancias, que afecta a menos del 5% de los jubilados y el caso Blanco, que es el Badaro para los que se jubilaron después de 1994, es decir, para el 20% más rico de los jubilados. Si fallara a favor del amparo que encabeza mi padre, que lo tienen dormido hace más de dos años, se beneficiará a 18 millones de personas”, añadió Facundo Fernández Pastor.

En la actualidad, los supremos tienen para resolver un recurso extraordinario presentado por Fernández Pastor y otro por la Anses.

Al inicio de este caso, que tiene a la reforma previsional macrista en la mira, la jueza de primera instancia en el fuero de la Seguridad Social, Adriana Cammarata, rechazó el planteo de inconstitucionalidad. “Dice que la Anses reconoce que se había afectado un poco el derecho humano a la seguridad social, pero que no es suficiente. Es como decir que en la Argentina se puede torturar un poquito, secuestrar un poquito y está bien hacerlo”, indicó Facundo Fernández Pastor a este medio. “Apelamos a cámara”, continuó, donde le dieron la razón solo en lo que hace a un bache en la aplicación de la ley de movilidad, donde se pretendía aplicar la ley nueva cuando correspondía la anterior. Esto implica una diferencia a favor de los jubilados de un 9%. “Pero no declara la inconstitucionalidad de la movilidad en sí misma”, aclaró Facundo.

Entonces se llega a la Corte con dos planteos: el que presentaron los Fernández Pastor en pos de que se haga justicia y se declare inconstitucional la ley de movilidad macrista, lo que implicaría que los jubilados recobren el 20% que perdieron durante la gestión de Mauricio Macri. Y el de la Anses macrista que se presentó para que se revoque lo que hace al enganche de la ley, que implica el mentado 9% de mejora para los adultos mayores. Los supremos deben definir. Hasta que no lo hagan, no hay ejecución posible ni siquiera del 9% de mejora que resolvió la cámara ya que no hay sentencia firme.

“Evidentemente para la Corte, los beneficiarios de la seguridad social no forman parte de ‘todos los habitantes’ que merecen la ‘tutela jurisdiccional de los derechos mediante una respuesta  judicial idónea, oportuna, efectiva y eficaz’, señaló Fernández Pastor.

Se sabe: no hay nada peor que para un jubilado que el paso del tiempo.

*Crímenes de lesa humanidad

Con el escandaloso fallo del 2×1 a favor de los represores de la última dictadura cívico-militar, la Corte Suprema de Justicia dio un paso en falso en lo que hace a la causa de los Derechos Humanos. Si bien terminó reparando su grosero yerro tras una masiva movilización popular, hay casos de lesa humanidad emblemáticos que aún no abordó, lo que provoca críticas por parte de referentes de los organismos. Un caso paradigmático que espera ser tratado es el de la familia Cittadini.

“La familia Cittadini es de Trelew y tiene a un hijo desaparecido el 17 de agosto del ’76 –explicó el abogado Pablo Llonto a El Destape-. Se trata Ricardo Cittadini. El caso tuvo sentencia. Se condenó a dos policías por la privación ilegal de la libertad pero no por tormentos. Apelamos. Ganamos la apelación. Y la defensa presentó un recurso de extraordinario. No se lo concedieron por lo que fue en queja a la Corte hace 3 años. La Corte no resuelve el recurso de queja por lo que la sentencia no queda firme. La madre de Ricardo Cittadini, Catalina, tiene 94 años y está mal de salud. En octubre del año pasado presentamos un escrito firmado por ella para que la Corte por favor resuelva el caso de una vez por todas porque ella quiere morir sabiendo que los responsables del secuestro de su hijo están condenados por secuestros y tormentos”, contó Llonto a este medio.

Ricardo Cittadini fue llevado a la comisaría 28 de Barracas a cinco meses de iniciada la dictadura cívico-militar. “Es la única comisaría que tiene condenados por delitos de lesa humanidad cometidos en Capital Federal –explicó Llonto-. Van tres años de demora en la Corte. Y un año desde que ‘Catita’ Cittadini presentó el ‘pronto despacho’, que se hace para que se apuren a resolver un juicio. Ni siquiera lo contestaron”, señaló. Y concluyó: “Es un caso muy simbólico de demora”.

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