De la redacción de Contrapoder –
El Gobierno nacional reglamentó la modificación del Impuesto a las Ganancias. A través del decreto 336/2021 publicado en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Alberto Fernández, el ministro Martín Guzmán y el secretario de Gabinete Santiago Cafiero, entra en vigencia la ley sancionada en el Congreso el pasado 8 de abril, mediante la cual, casi 1.300.000 trabajadores y jubilados dejarán de pagar este impuesto. la medida incluso, tiene retroactividad al mes de enero.
El cambio hará que los trabajadores con ingresos menores a 150.000 pesos brutos dejen de pagar Ganancias y reciban lo que pagaron de enero en adelante. Cuando la ley fue aprobada, se esperaba que fuera reglamentada de inmediato para que impactara en los sueldos de abril, pagados en mayo. La devolución se hará en 5 cuotas a partir del mes de julio.
Los detalles de la reglamentación:
*Los jubilados deberán pagar el impuesto solo si cobran más de 8 haberes mínimos.
*El aguinaldo queda excluido
*Hijos con discapacidad: se elimina el tope de edad para deducirlos.
*Personal de salud: queda eximido de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.
*Permite deducir gastos por compra de herramientas educativas para los hijos, sin tope.
*Permite deducir gastos en cursos de capacitación: hasta $ 67.071,36 anuales.
*Permite deducir gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos: hasta $ 67.071,36 anuales.
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