De la Redacción de Contrapoder -
El juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico habilitó este jueves la feria judicial de enero para tramitar los recursos de amparo que exigen que se declare inconstitucional el DNU 70/23 que dictó el gobierno de Javier Milei. La resolución judicial se suma a las dos medidas cautelares que ya se dictaron sobre el capítulo laboral del decreto a partir de las demandas de la CGT y la CTA, respectivamente; y pide desarmar el “proceso colectivo” que se tramitaba en ese fuero en manos de su colega, el magistrado Esteban Furnari. Se trata del tercer rechazo judicial contra el mega Decreto de Necesidad y Urgencia en las últimas 48 horas.
Más temprano se había conocido un segundo fallo contrario al mega DNU de la Cámara Nacional del Trabajo en respuesta a una presentación de la CTA, que se sumaba a uno parecido del día anterior atendiendo el pedido de la CGT.
La cautelar otorgada a la petición de la CTA fue en respuesta a una presentación de Jorge Rizzo, ex presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.
Antes del fallo, Rizzo había resaltado la importancia de “no innovar”, una medida que impediría que le decreto sea aplicable hasta una resolución definitiva de la Justicia. “El DNU es inconstitucional, nulo e inaplicable. Se juega la continuidad del Poder Legislativo dentro de la división de poderes. No me meto en el fondo. Algunas cosas que están ahí las comparto como la derogación de la ley de alquileres, que pelee para que no saliera, pero no comparto el mecanismo”, afirmó Rizzo.
¿Qué argumentó Jorge Rizzo en su pedido judicial?
Los argumentos esgrimidos por el expresidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal se centran en el rompimiento de principios constitucionales, “tales como el respeto a la división de poderes, la forma republicana de gobierno y la división tripartita del Poder Constituido. Pudiendo generarse una severa crisis institucional al avanzar sobre materias que pertenecen, de manera exclusiva, al Congreso de la Nación”.
“Por medio de este DNU, quien hoy preside la República Argentina, ha decidido dejar de lado a los Representantes del Pueblo y de las Provincias. Del mismo modo que lo hizo al asumir sus funciones como primer mandatario, de espaldas al Congreso Nacional, hoy nos demuestra que la división de poderes, para él, es parte del problema de nuestra gloriosa nación”, agregó el titular de la Asociación Civl Gente de Dercho en sus declaraciones.
¿Qué implica este nuevo amparo contra el DNU de Javier Milei?
Pero según la resolución a la que accedió Ámbito, Lavié Pico fue más allá y desarmó la estrategia de inhibitoria que quería el Gobierno de Milei y ordenó que este conflicto judicial no se tramite como “proceso colectivo”. En esa línea, exhortó a devolver cada demanda individual a su fuero original, contraria a la iniciativa de su colega, el juez Esteban Furnari, también del Contencioso Administrativo, que venía acumulando todas las presentaciones contra el DNU.



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