
El Juzgado Electoral resolvió hoy la cuestión de fondo en la causa planteada por los apoderados de la UCR, PP, ARI y ELI que solicitaban la suspensión de la aplicación de la Ordenanza N° 6502, que reglamenta la Boleta Única Electrónica. Declaró la nulidad de la resolución reglamentaria y aseguró los comicios municipales del próximo 4 de junio, destacando que a pesar de la anulación el problema se puede subsanar con el dictado de una nueva Resolución que cumpla con los requisitos requeridos.
Para resolver de ese modo, la doctora María Eugenia Herrero entendió que la reglamentación era resorte del Ejecutivo Municipal, desde donde se debía convocar en función de lo estatuido en el artículo 29 inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de conformidad al artículo 225 inciso 3) de la Constitución provincial, a elecciones generales municipales con “audiencias públicas con los partidos políticos para tratar cuestiones de interés, recibir consultas y sugerencias que deberían ser resueltas en forma escrita”.
Por ello, la Resolución N° 579 reglamentaria de la Ordenanza N° 6502, goza de un vicio que acarrea su nulidad, pudiendo subsanarse dictándose una nueva que cumpla con los requisitos requeridos.
Por su parte el titular del Servicio Jurídico Permanente de la Municipalidad de Corrientes, Justo Pio Sierra, aseguró que el municipio apelará la medida porque el fallo no está claro, “vamos a apelar mañana mismo el fallo de la jueza María Herrero, el fallo es bastante difuso, por lo menos nos tenía que decir que es lo que podemos hacer. Para nosotros no hay ningún tipo de bache, pero la justicia es la que decide”, afirmó el abogado municipal.
RSS