POLÍTICA

Ampliando “la grieta”: La Corte aplicó el 2×1 para los genocidas

Ampliando “la grieta”: La Corte aplicó el 2×1 para los genocidas
Nota de la redacción de Contrapoder

En fallo dividido, La Corte Suprema de Justicia de la Nación, declaró aplicable el beneficio del cómputo del 2×1 para un caso por delitos de lesa humanidad. Los ministros Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosenkrantz y Carlos Rosatti votaron a favor. En cambio Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda lo hicieron en disidencia.

Casualmente de los cinco ministros que integran el tribunal, los tres que votaron a favor en este fallo, motorizado por la ultraderecha conservadora fueron los dos que el gobierno “colocó” a inicios de mandato (al principio por decreto) y la que el presidente Macri intentaba remover.

La sentencia fue dictada en el caso de Luis Muiña, quien en 2013 fue condenado a 13 años de prisión por ser “coautor del delito de privación ilegal de la libertad” e “imposición de tormentos” en cinco casos.

 En un voto compartido, los jueces Rosenkrantz (uno de los impulsados por el gobierno) y Highton (la jueza que el ejecutivo intentaba remover) expresaron que la resolución de la Cámara se había apartado de las normas convencionales y constitucionales, y aseguraron que el artículo 2 del Código Penal establece que el beneficio de la aplicación de la ley penal más benigna resulta extensivo a todos los delitos, sin realizar distinción alguna, concluyendo que los tribunales no podían negar a algunos lo que debe otorgarse a todos. Asimismo destacaron su apego al precedente “Arce” donde se decidió que a los efectos de la aplicación de la ley penal más benigna lo que importa es que el delito se hubiera cometido durante su vigencia.

Por su parte, el otro juez impulsado por Macri, Carlos Rosatti argumentó que si el legislador no previó un régimen diferenciado que excluyera la aplicación de la ley penal más benigna a los delitos de lesa humanidad no lo puede hacer ahora el juez, “pues de otro modo éste se convertiría en aquel, violentándose el principio constitucional de división de poderes”.

En tanto Lorenzetti y Maqueda, en disidencia con la mayoría sostienen que no se ha dado ningún cambio en la valoración de los delitos de lesa humanidad. “Por el contrario, existe una consistencia en la definición, calificación y persecución de este tipo de delitos que se ha mantenido en diversos precedentes, no sólo de esta Corte Suprema, sino de todo el Poder Judicial”, remarcaron en sus fundamentos.

 

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